jueves, 21 de octubre de 2010

Poniendo estaba la ganza

Se supo que Independiente de Neuquén tenía una deuda con los árbitros y fue intimidado por el Consejo Federal pero ya habría saldado la cuenta y en Lifune, San Lorenzo estaría por cubrir la deuda que no le permitió sumar en ninguna categoría en el fin de semana pasado.
Informe de Ascenso del Interior y el Oeste Deportivo
El equipo de San Lorenzo le pidió a los dirigentes que no acepten la renuncia de Fabián Riquelme o caso contrario no se presentaban el domingo ante Patagonia por la fecha 11 de Lifune. Los dirigentes convencieron al "mono" para que siga a cargo del equipo y prometieron que entre mañana y pasado pagaran la deuda con Lifune que llega a los 5 mil pesos.

La intimación para Independiente
El reclamo efectuado por la terna arbitral que actuó el17/10/2010 en el encuentro disputado entre los clubes Independiente(Neuquen) y su similar de Boca Rio Gallegos (Rio Gallegos), medianteel cual da cuenta a este Organismo que no percibió por parte del ClubIndependiente la suma de $ 2.520,00; y,
CONSIDERANDO
Que, el art. 34° del Reglamento del Certamen estab lececlaramente el mecanismo a seguir de no efectuarse el pago encuestión;
Que, habiendo transcurrido el plazo establecido de 72 horas dedisputado el encuentro, y no habiéndose efectuado el pago por partedel Club “LOCAL”, corresponde correr traslado al mismo, HASTA LAS20,30 HORAS DEL QUINTO DIA HABIL INMEDIATO SIGUIENTE ALDE DISPUTADO EL ENCUENTRO QUE ORIGINO LA DEUDA, paraque proceda a cancelar la suma adeudada a la terna arbitral ante lasrespectivas Ligas, debiendo dar cuenta en forma simultánea a esteOrganismo, dentro del plazo señalado precedentemente;
Que, en tal sentido corresponde dejar establecido que al noconcretarse la cancelación de la deuda, dentro del término aludido, lainstitución deudora quedará automáticamente “SUSPENDIDA ENFORMA PROVISIONAL”, con la aplicación de las previsionesestablecidas en el art. 118° del Reglamento de Tran sgresiones yPenas;
Que, atento a ello este Tribunal de Disciplina:
R E S U E L V E
1°) - INTIMAR al Club Independiente (Neuquen), HASTA LAS 20,30HORAS DEL 22/10/2010 (Art. 34° del Reglamento del Certamen),para que proceda a dar cuenta, en forma fehaciente ante esteOrganismo, de haber cancelado en su totalidad la suma de $ 2.520,00que le adeuda a la terna arbitral actuante en el encuentro que disputóel 17/10/2010 con Boca Rio Gallegos.-
2°) - Transcurrido el plazo señalado en el art. 1° y de no verificarse lacancelación total de la deuda reclamada, el Club Independiente,quedará AUTOMATICAMENTE SUSPENDIDO EN FORMAPROVISIONAL, debiendo disputar los encuentros programados con elconsecuente descuento de TRES (3) PUNTOS por cada fechacomprendida en el término de la suspensión y demás previsiones, deconformidad con lo establecido en el art. 118° del Reglamento deTransgresiones y Penas.
3)° - Dejar aclarado que la sanción aplicada en el artículo precedenteserá automáticamente levantada por este Organismo al momento delefectivo cumplimiento (remisión del pago a la Liga a la que pertenecenlos árbitros involucrados); y, simultáneamente la remisión a esteOrganismo de la documentación respaldatoria de haber efectuado elpago motivo del reclamo.
4)º - Comuníquese; publíquese; y, manténgase en Secretaría a susefectos.

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